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El número de depósito legal del libro es una obligación legal para los libros publicados, excepto para los libros de impresión bajo demanda.

El editor del libro es quién ha de solicitarlo en la oficina del depósito legal. En caso de un autor-editor puede solicitarlo él mismo o a través de la imprenta que puede cobrar por los gastos de gestión y entrega de los libros.

El editor ha de entregar 4 ejemplares de su obra a la oficina del depósito legal de su territorio.

El número de depósito legal figurará en los libros en la misma página donde conste el ISBN, al reverso de la portada o portadilla.

No es necesario que el libro tenga un número ISBN para que tenga el número de depósito legal.

Carles Valls, Publicar un libro.com