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La obligación del depósito legal

Cuando un autor imprima su libro es aconsejable que en él conste el número de Depósito Legal. Consultada una de las oficinas de Depósito Legal los criterios son los siguientes:

Menos de 50 libros no es obligatorio tener número de Depósito Legal
Más de 50 libros es obligatorio legalmente

En el caso que sea menos de 50 libros también se puede solicitar pero deberán entregarse los siguientes volúmenes:

5 libros si tiene I.S.B.N.
4 libros si no tiene I.S.B.N

Web de la Oficina del Depósito Legal en Barcelona

Carles Valls, Publicar un libro.com