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Guía para registrar un libro en España

Escritor registrando su obra literaria en el registro de la propiedad intelectual en España.

¿Has terminado de escribir tu libro y estás listo para compartirlo con el mundo? Antes de dar ese gran paso tan esperado, es fundamental asegurarte de que tu libro va a estar protegido. En España, el registro de un libro es un proceso sencillo pero importante para salvaguardar tus derechos de autor. A continuación, te explicamos cómo hacerlo paso a paso.

Consideraciones a tener en cuenta antes del registro de una obra literaria

Prepara tu Manuscrito

Antes de iniciar el proceso de registro, asegúrate de que tu manuscrito esté completo y listo para presentar. Esto incluye la revisión de ortografía, gramática y formato.

¿Quiénes pueden solicitar el registro de una obra?

Los creadores de una obra literaria, es decir, los autores, son quienes poseen los derechos de propiedad intelectual de sus creaciones. Por lo tanto, son ellos los que tienen la capacidad de solicitar el registro de dichos derechos. Esta facultad se extiende también a los sucesores legales, como los herederos, y a aquellos que ejerzan la patria potestad o tutela sobre el autor. Además, un representante puede realizar este trámite en nombre del autor, siempre y cuando cuente con una legitimación notarial que lo autorice para tal fin.

¿Cuándo se puede solicitar registro de un libro?

Cualquier persona puede registrar una obra siempre que sea el autor de la misma y se entregue una copia de la misma en el momento de su solicitud. Deberás aportar el número de páginas, volúmenes, formato y depósito legal si dispones de él.

¿Qué tipos de obra son registrables?

  1. Libros de Ficción: novelas, cuentos, relatos cortos, y cualquier otra obra de narrativa.
  2. Poesía: colecciones de poemas o trabajos individuales.
  3. Ensayos y Obras Académicas: investigaciones, estudios, tesis académicas, ensayos sobre diversos temas.
  4. Libros de No Ficción: biografías, autobiografías, libros de historia, divulgación científica, entre otros.
  5. Manuales y Guías: libros instructivos o educativos sobre cualquier temática, desde manuales de usos hasta guías de estudio.
  6. Libros Infantiles y Juveniles: obras dirigidas a niños y jóvenes, incluyendo cuentos ilustrados y novelas juveniles.
  7. Libros de Arte: incluyen libros de fotografía, catálogos de exposiciones y álbumes ilustrados.
  8. Libros técnicos y científicos: publicaciones especializadas en ciencias, tecnología, medicina, matemáticas, entre otros campos.
  9. Antologías y Compilaciones: colecciones de obras de diferentes autores, siempre y cuando se cuente con los permisos necesarios de los derechos de autor.

Es importante recordar que para que un libro sea registrable, debe reflejar un grado de originalidad y ser resultado de una actividad creativa propia del autor.

¿Cuánto cuesta registrar un libro en el registro de la propiedad intelectual?

El precio en España puede variar dependiendo de la comunidad autónoma y del tipo de trámite (presencial o electrónico). La tasa general es de aproximadamente 13 euros. Sin embargo, siempre hay que verificar la tarifa actual, ya que esta puede sufrir cambios. Te facilito este enlace donde lo puedes consultar.

Registrar una obra literaria, de forma online en España (Excepto Andalucía y Madrid)

Para registrar tienes dos opciones: de manera presencial en una de las oficinas del Registro de la Propiedad Intelectual en España o hacerlo de forma online a través de este enlace.

Andalucía y Madrid cuentan con sus propios espacios online. Si eres de Andalucía deberás registrar de forma online a través de este enlace y si, por el contrario, eres de Madrid, deberás realizar el trámite a través de este enlace.

Pago de las tasas

Una vez rellenados todos los datos que te solicitan para registrar la obra literaria, será el momento de abonar las tasas correspondientes por el registro de una obra literaria. Podrás realizar el pago de manera presencial, realizando un ingreso en la entidad bancaria que el portal del registro te indique o bien de forma online donde deberás indicar a qué banco perteneces y el método de pago que prefieras.

Otros documentos y firma

Una vez abonadas las tasas, el portal de registro te da la opción de adjuntar otros documentos adicionales que consideres oportunos. Después de enviarlos tendrás que firmar, con firma digital.

Una vez firmado, la Administración tendrá conocimiento de tu obra. Además, te indicará un número de expediente que tendrás que usar en el siguiente paso.

Aportación de una copia electrónica del libro

Tras haber presentado la solicitud, tendrás que aportar una copia electrónica del libro que quieras registrar a través de este enlace y primero deberás registrarte mendiante Cl@ve o DNIe para que el sistema reconozca el número de expediente que habrás obtenido en el paso anterior.

Si tu solicitud se ha admitido, el portal te habilitará la herramienta para que entregues la copia digital de tu libro. Aquí habrá que indicar los siguientes datos: ID Expediente ACCEDA (Identificador del expediente mediante el cual se ha realizado el registro del libro) y el mbito del expediente (es decir, la comunidad autónoma donde se ha realizado el registro de la obra).

Rellenados los datos, podrás darle al botón “Subir ejemplar” para hacer lo propio. Recuerda que tendrás que aportar también una descripción de la obra.

Tras darle el botón de “guardar” el sistema te preguntará si está todo correcto y deseas finalizar el trámite. Si contestas que sí, el proceso habrá terminado y si tras revisar la obra no se aprecian problemas (como el plagio), podrás decir que tu libro está registrado.

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